Ayudas de fomento al emprendimiento innovador (Cheque Emprendedor) - ayto-aller
Ayudas de fomento al emprendimiento innovador (Cheque Emprendedor)
Finalidad
Favorecer en el Principado de Asturias iniciativas emprendedoras de carácter innovador con la finalidad de incorporar personas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo (RETA) o, por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar (REMAR).
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Requisitos
Las ayudas están dirigidas a residentes en el Principado de Asturias, así como a toda persona que de forma estable o circunstancial resida fuera de él o en el extranjero, con el objeto de fomentar el retorno y la captación de talentos para el desarrollo y establecimiento de su proyecto innovador en un concejo asturiano.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas que reunan, entre otros, los siguientes requisitos:
- Disponer de un proyecto empresarial monitorizado por un período mínimo de 2 meses y calificado innovador por un experto externo. A estos efectos, se consideran como expertos externos, además de las entidades Valnalón y CEEI, los Centros de Empresa Públicos que forman parte de la Asociación de Centros de Empresas Públicos del Principado de Asturias (ACEPPA).
- Haber causado alta como trabajador en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, o por cuenta propia, en el régimen especial de trabajadores del mar, en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.
- Desarrollar la actividad objeto del proyecto a título propio, y tener el domicilio fiscal en uno de los concejos del Principado de Asturias.
- Disponer al menos, de uno de los siguientes canales de comunicación digital para su actividad: una web o un blog o mediante el uso de una red social.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles
Cuantía
La cuantía de la subvención a percibir por los beneficiarios será de 10.000 euros.
Estas ayudas están sometidas al régimen de "mínimis", Reglamento 1407/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre (DOUE de 24/12/2013), modificado por el Reglamento (UE) 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020 (DOUE de 07/07/2020).
Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas las personas incluidas en uno de los siguientes colectivos:
- Emprendedores. Personas que no tengan experiencia previa en el ejercicio de la actividad económica por cuenta propia y a título personal, respecto a la referida en su proyecto innovador.
- Reemprendedores. Personas que tengan experiencia previa en el ejercicio de la actividad económica por cuenta propia y a título personal, respecto a la referida en su proyecto innovador.
- Relevistas empresariales. Personas que desarrollan su proyecto empresarial innovador continuando la actividad económica de un negocio que es objeto de traspaso.
Se entiende que las personas tienen experiencia previa en una actividad económica por cuenta propia y a título personal, comprobando la coincidencia del código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), en los tres primeros dígitos de las actividades económicas declaradas.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 13 de septiembre de 2024.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0145T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.